Los ciudadanos israelíes que residan en el extranjero por un periodo superior a 45 días deben registrarse en la Embajada israelí en cuya zona de responsabilidad residan (haga clic aquí para descargar el formulario de Registro de Ciudadanos Israelíes en el Extranjero).
Los ciudadanos israelíes que residan en el extranjero por un plazo superior a un año deben registrarse en la Embajada israelí una vez al año (consulte las instrucciones sobre la obligación de registrarse, que están impresas en la contraportada de su pasaporte).
Rellene el formulario y envíelo por fax o correo electrónico al Departamento Consultar de la Embajada (para obtener la información de contacto, consulte el capítulo en Información General).
La autoridad de un representante diplomático y consular para emplear poderes notariales en el extranjero se deriva de la Sección 50 (A) de la Ley de Notarías, 5736 - 1976. Bajo esta ley, la acción llevada a cabo por el representante en virtud de estos poderes es equivalente a un acta notarial.
La certificación notarial debe llevarse a cabo en presencia física del representante diplomático / consular.
Estas son las certificaciones notariales que ofrece la Embajada bajo la ley y sus disposiciones:
El representante diplomático / consular no llevará a cabo certificaciones notariales de documentos en las siguientes circunstancias:
Comentario: El representante diplomático o consular puede ejercer su criterio referente a cada certificación notarial, y por tanto puede negarse a llevarla a cabo si no está convencido de que se han cumplido todos los requisitos legales.
La Embajada está autorizada a confirmar que un documento concreto es una copia certificada de otro documento, sujeto a las pautas internas. Si es necesaria la verificación de las copias de documentos originales, el Departamento Consular de la Embajada fotocopiará el documento original para poder establecer que la copia es idéntica al original y expedirá a continuación el certificado. No se aceptarán fotocopias de documentos que no hayan sido realizadas por el Departamento Consular de la Embajada.
Hay un cargo para la fotocopia de documentos. Para ver el coste de cada página fotocopiada, consulte la tabla de tarifas en la sección 1-56, subsección 2 (haga clic aquí para abrir la tabla de tarifas).
El representante identificará al ciudadano por medio de su pasaporte, carné de identidad u otro documento público que incluya una fotografía, y que sea considerado apropiado por el representante diplomático / consular.
La identificación para la firma de un documento que vaya a ser utilizado en una transacción inmobiliaria sólo podrá llevarse a cabo con un pasaporte o carné de identidad.
Todos los ciudadanos israelíes residentes en el extranjero, tanto menores como adultos, deben llevar en todo momento un documento de viaje israelí validado. Los documentos de viaje expedidos por el Estado de Israel a sus ciudadanos (pasaportes y salvoconductos) son propiedad del Estado y deben protegerse cuidadosamente.
El pasaporte israelí para adultos tiene una validez de 10 años, y el de los menores de edad, de 5 años. Los adultos, si han pasado 10 años desde la fecha de expedición del pasaporte, habrán de contactar con su Embajada para obtener un pasaporte nuevo. Si el plazo es menor de 10 años desde la expedición del pasaporte, puede entonces prorrogarse hasta los 10 años.
Según la Ley del Registro Civil, la tramitación (emisión o renovación) de documentos de viaje está condicionada a la actualización del estado civil del interesado (matrimonio/divorcio/viudez/hijos, etc.). A falta de actualización, se emitirá el documento con una validez máxima de un año.
Para prorrogar el periodo de validez de un pasaporte, por favor rellene el formulario correspondiente y envíelo junto con el pasaporte al Departamento Consular de la Embajada (haga clic aquí para descargar la Solicitud para Prórroga de Pasaportes). Esta renovación está exenta de cargos.
El periodo de validez del pasaporte de un menor puede prorrogarse hasta cinco años, hasta que cumpla los 17 años de edad. Después de que haya sido determinado su estatus militar, el pasaporte del menor puede prorrogarse según lo acordado por las autoridades de las Fuerzas de Defensa de Israel (para más información, consulte más abajo, en el capítulo sobre renovación y autoridades de las Fuerzas de Defensa de Israel).
Para más información sobre el procedimiento para prorrogar el pasaporte de un menor, por favor llame al Departamento Consular de la Embajada.
Para la renovación de un pasaporte, debe llevar a la Embajada (o enviar por correo electrónico - consulte el capítulo en Información General) los siguientes documentos:
Por favor, llame al Departamento Consular de la Embajada para obtener información sobre las condiciones para expedir documentos de viaje a menores.
En el caso de pérdida / robo / destrucción de un documento de viaje, deberá ir a la Embajada para solicitar su reposición. Por favor, asegúrese de llevar los siguientes documentos:
La Sección 11 de la Ley de Registro de Población establece que "un residente que haya tenido un hijo en el extranjero debe notificar en la oficina de registro los datos del registro de su hijo en un plazo de 30 días".
Para registrar a un hijo de ciudadanos israelíes nacido en el extranjero, uno de sus padres deberá personarse ante el representante diplomático / consular de la Embajada y cumplimentar el proceso de registro, durante el cual será necesario:
Para expedir un pasaporte para un menor, uno de los padres israelíes debe personarse con el niño ante el representante diplomático / consular de la Embajada. El proceso de expedición de pasaporte para un menor es el siguiente:
La Ley de Servicio de Defensa (Versión Consolidada), 5747 - 1986 y la autoridad para ejecutarla en el extranjero se aplica a todos los ciudadanos del Estado de Israel, tanto residentes en Israel como en el extranjero, incluso aunque tengan otra nacionalidad, e incluso aunque vivan en el extranjero de forma permanente. También se aplica a los residentes en Israel, incluso aunque no sean ciudadanos israelíes. La obligación de servicio forzoso se aplica a todo hombre que sea apto para el servicio, entre las edades de 18 y 29 años, ambas incluidas. De todos modos, se entenderá que ha violado la ley toda persona que haya pasado la edad del servicio obligatorio y no haya cumplido con esta obligación en el periodo de edad establecido por la ley, y será requerida para que sirva en las Fuerzas de Defensa de Israel según establezcan las autoridades de las mismas.
Todo ciudadano / residente permanente en el Estado de Israel, al llegar a la edad de 16 años y medio, incluso si está viviendo o permanece en el extranjero por cualquier motivo, está obligado por la Ley de Servicio de Defensa a establecer su estatus ante las autoridades de las Fuerzas de Defensa de Israel. Una persona designada para hacer el servicio de defensa, que sea llamada a presentarse bajo una orden general de llamada a filas, debe presentarse en Israel en la fecha y lugar especificados en la orden. De todos modos, si se encuentra en el extranjero, puede presentarse ante el representante diplomático / consular de la Embajada para propósitos de registro. En el momento de su registro, puede presentar una solicitud para postergar su fecha de incorporación al servicio de defensa.
El registro se presenta rellenando el formulario de Registro y Solicitud Personal de una Persona Residente en el Extranjero Designada para el Servicio de Defensa (haga clic aquí para descargar el formulario de Registro y Solicitud Personal de una Persona Residente en el Extranjero Designada para el Servicio de Defensa).
Si la persona designada para el servicio de defensa desea solicitar un aplazamiento, deberá rellenar el formulario de Solicitud para Aplazamiento del Servicio de Defensa - Ciudadanos Israelíes en el Extranjero (haga clic aquí para descargar el formulario de Solicitud para Aplazamiento del Servicio de Defensa).
Estos formularios deben ir acompañados de:
Puede obtenerse más información en la página web de las Fuerzas de Defensa de Israel:
http://www.aka.idf.il/Main/Home/Default.aspx?pop=Malshab
Si se toma la decisión de conceder un aplazamiento a una persona designada para el servicio de defensa mientras esta se encuentra en el extranjero, el representante diplomático / consular le explicará las condiciones y restricciones que se le aplicarán en todo lo relacionado con los periodos de tiempo de sus visitas a Israel.
Las Embajadas israelíes en el extranjero suministran a los ciudadanos israelíes y/o a los residentes israelíes en el extranjero algunos de los servicios requeridos por las disposiciones de la Ley de Registro de la Población, 5725 - 1965, La Ley de Nombres, 5716 - 1956 y la ley de Registros Criminales y Rehabilitación de Delincuentes, 5741 - 1981.
Para recibir uno de estos certificados, deberá rellenarse una solicitud para obtener la documentación del Registro de Población (haga clic aquí para descargar la Solicitud para Obtener Documentación del Registro de Población). Este servicio está libre de cargos, a menos que sea requerida una apostilla (haga clic aquí para abrir la lista de tarifas).
Si se necesita obtener un certificado de nacimiento traducido al inglés, deberá presentarse una solicitud con anticipación.
Cualquier consulta deberá realizarse en el Departamento Consular en las cuatro a seis semanas siguientes a la recepción del certificado.
Según lo expuesto en la Sección 15 de la Ley de Nacionalidad, 5712 - 1952 (Versión Consolidada), un ciudadano israelí tiene derecho a obtener un certificado del Ministerio del Interior que atestigüe su nacionalidad israelí. Este certificado puede obtenerse en hebreo o en inglés, junto con la fecha en la que se otorgó la nacionalidad. Los interesados en el último punto deben precisarlo por separado.
En ocasiones, las autoridades locales requieren el certificado de nacionalidad israelí a personas que se dirigen a ellas, no siendo suficiente un pasaporte israelí en vigor. Si se desea obtener un Certificado de Confirmación de Nacionalidad o No Nacionalidad Israelí directamente del Ministerio del Interior de Israel, debe rellenarse una solicitud para un Certificado de Confirmación de Nacionalidad Israelí (haga clic aquí para descargar la solicitud del Certificado de Confirmación de Nacionalidad Israelí) y enviarla por correo a la Embajada, junto con una fotocopia del carné de identidad o el pasaporte del solicitante. El importe de la tarifa debe enviarse junto con la solicitud (haga clic aquí para abrir la lista de tarifas).
Importante: deben rellenarse todos los campos del formulario. En los casos de los campos que no sean relevantes, estos deben cruzarse con una línea para mostrar que no se consideran relevantes, y por eso no se han rellenado.
El certificado suele recibirse en un plazo de entre ocho y doce semanas
Una persona que haya permanecido en Israel durante un determinado periodo de tiempo y que sea requerida por el gobierno de otro país, o por una institución extranjera, para que presente el certificado de ausencia de antecedentes penales / casos criminales pendientes (certificado de buena conducta), puede enviar una solicitud a la Policía de Israel a través de la Embajada de Israel. Según establece la ley, el certificado no se envía al solicitante, sino que se hace llegar a la entidad oficial que lo ha solicitado. El certificado es emitido por la Policía de Israel.
Se detallan a continuación los documentos que deben presentarse indefectiblemente en persona, en el Departamento Consular de la Embajada de Israel:
El certificado llegará a la Embajada entre cuatro y ocho semanas después de la presentación de la solicitud, y se enviará por correo certificado directamente a la institución que lo ha requerido. Pasadas cuatro semanas, el solicitante puede consultar por teléfono al Departamento Consular de la Embajada sobre el estado de su certificado.
Si es necesario traducir el certificado al idioma local, consulte la lista de traductores en el capítulo correspondiente de Información General.
Si una persona desea obtener la dirección de otra persona registrada en Israel, o determinar el nombre exacto de una persona registrada en Israel, debe presentar dos copias del formulario de Solicitud para Recibir Información del Registro de Población (haga clic aquí para descargar la Solicitud para Recibir Información del Registro de Población).
Este servicio está sujeto a cargo (haga clic aquí para abrir la lista de tarifas).
Según establece la Ley de Registro de Población, 5725 - 1965, todo ciudadano israelí debe notificar en el Registro de Población del Ministerio del Interior cualquier cambio en su estado civil. En el caso de ciudadanos israelíes residentes en el extranjero, el Ministerio del Interior facilita este proceso mediante formularios especiales que se envían a Israel a través de los Departamentos Consulares de las Embajadas israelíes de todo el mundo.
A continuación se detalla cómo comunicar al Ministerio del Interior los cambios en el estado civil de los ciudadanos israelíes:
Todo ciudadano israelí que se haya casado en el extranjero deberá informar al Registro de Población de su nuevo estado civil rellenando un formulario de notificación sobre su cambio de estado civil (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Cambio del Estado Civil) y enviándolo al Departamento Consular de la Embajada junto con el certificado original de matrimonio, verificado y traducido (salvo que esté en inglés). Si el cónyuge no es israelí, debe adjuntarse una fotocopia de la primera página de su pasaporte.
Este servicio está exento de cargo.
Todo ciudadano israelí que se haya divorciado en el extranjero deberá informar al Registro de Población de su nuevo estado civil rellenando un formulario de notificación sobre su cambio de estado civil (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Cambio del Estado Civil) y enviándolo al Departamento Consular de la Embajada, firmado por ambos cónyuges, junto con el certificado original de divorcio, verificado y traducido (salvo que esté en inglés). Si el cónyuge no es israelí, debe adjuntarse una fotocopia de la primera página de su pasaporte.
Este servicio está exento de cargo.
Un pariente próximo de un ciudadano israelí que haya fallecido en el extranjero deberá notificar al Registro de Población la muerte de su pariente rellenando un formulario de notificación sobre el cambio de estado civil (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Cambio del Estado Civil) y enviándolo al Departamento Consular de la Embajada junto con el certificado original de fallecimiento, verificado y traducido (salvo que esté en inglés).
Este servicio está exento de cargo.
Un ciudadano israelí que enviude deberá informar al Registro de Población sobre su cambio de estado civil rellenando un formulario de notificación sobre su cambio de estado civil (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Cambio del Estado Civil) y enviándolo al Departamento Consular de la Embajada, junto con el certificado original de fallecimiento del cónyuge, verificado y traducido (salvo que esté en inglés).
Este servicio está exento de cargo.
Todo ciudadano israelí que se haya casado, divorciado o haya enviudado y desee cambiar de apellido debe informar de su cambio de estado civil al Registro de Población rellenando un formulario de notificación de cambio de apellido (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Cambio de Apellido) y enviándolo al Departamento Consular de la Embajada, junto con el certificado original de matrimonio, divorcio o muerte, verificado y traducido (salvo que esté en inglés).
Este procedimiento requiere su presencia física en la Embajada.
Este servicio está exento de cargo.
Todo ciudadano israelí que desee cambiar su nombre o apellido deberá acudir en persona a la Embajada, donde rellenará dos copias del formulario de notificación de cambio de nombre (haga clic aquí para descargar el formulario de Notificación de Cambio de Nombre). La embajada enviará el formulario al Ministerio del Interior de Israel. Una vez se haya aprobado el cambio de nombre, el pasaporte se actualizará de acuerdo a él. Cuando un ciudadano que ha cambiado de nombre regrese a Israel, deberá acudir al Ministerio del Interior para que efectúen el cambio en su carné de identidad.
El cambio de nombre está sujeto a cargo (haga clic aquí para abrir la lista de tarifas).
Todo ciudadano israelí que esté viviendo en el extranjero y desee cambiar su dirección en Israel puede hacerlo rellenando un formulario de Cambio de Dirección (haga clic aquí para descargar el formulario de Cambio de Dirección). Para ello, deberá acudir en persona a la Embajada y presentar un documento de identificación. También deberá adjuntar fotocopias de la addenda a su documento de identidad y al de su cónyuge. Si tiene hijos mayores de edad que vivan con él, también deberá adjuntar fotocopias de la addenda a sus carnés de identidad.
El proceso de renuncia a la nacionalidad israelí está dirigido a ciudadanos israelíes que vivan en el extranjero y que deseen renunciar a su nacionalidad israelí por cualquier motivo. Para llevarlo a cabo, debe hacerse una declaración del deseo de renunciar a la nacionalidad, acompañada por la documentación pertinente y una solicitud al Ministerio del Interior para su autorización.
Es importante destacar que la decisión de autorizar una renuncia a la nacionalidad corre a cargo únicamente del criterio del Ministro del Interior o de una persona designada por él, y mientras esta autorización no se conceda, la persona que ha hecho la solicitud continúa siendo ciudadanos israelí. Debe apuntarse que se han producido casos en los que el Ministro ha considerado adecuado, por diversas razones, no autorizar una renuncia a la nacionalidad.
La persona que desee presentar una solicitud para renunciar a la nacionalidad israelí deberá acudir en persona al Departamento Consular de la Embajada y una vez allí cumplir con los siguientes requisitos:
Por favor, tenga en cuenta que:
El Ministerio de Absorción e Inmigración se ocupa de todo lo referente a los ciudadanos que regresan al país. Para obtener información sobre los beneficios que corresponden a los ciudadanos que regresan, por favor, consulte la página web del Ministerio de Absorción e Inmigración en www.moia.gov.il, y regístrese como ciudadano que regresa.
Además de registrarse en la página web, puede contactar directamente con el Ministerio de Absorción e Inmigración para cualquier consulta sobre los derechos de los residentes que regresan, en los siguientes números de teléfono: 03-973-3333 y 02-675-2324.
Haga clic aquí para abrir la lista de tarifas de los servicios consulares.